Recopilatorio de actividades de apoyo al tejido empresarial

El recopilatorio de actividades de apoyo al tejido empresarial tiene como objetivo poner al alcance de los entes locales un conjunto de actividades de acompañamiento, formativas e informativas para pymes y personas emprendedoras y facilitar la planificación de la oferta local de los centros de servicios a las empresas con el objetivo de favorecer la generación y la consolidación de actividad económica.

El Recopilatorio presenta, como máximo, 165 actividades, que los entes locales pueden incorporar a su oferta de servicios.
 

Los destinatarios finales del Recopilatorio son las empresas del territorio, principalmente micro y PYMES, y las personas emprendedoras que se dirigen a los servicios locales de apoyo empresarial, a través de los cuales se realizan las actividades de acompañamiento, formativas e informativas.

Calendario de actuaciones

Actuaciones previstas durante el año

Próximas actividades:

 
 

 

 

 

El procedimiento a seguir para pedir la subvención de las actividades

1. El ente local identifica una actividad en el Recopilatorio y determina si realizará la actividad individualmente o bien conjuntamente con otros entes locales.

2. El ente local se pone en contacto con la consultora correspondiente que figure en la ficha de actividad seleccionada para acordar las fechas de realización, horarios, espacios, materiales necesarios y formato, que puede ser presencial u online, según los casos.

3. El ente local presenta una solicitud de subvención como máximo el día 31 de octubre de 2024 a través del Portal Municipal de Trámites (PMT), mediante el trámite C100 (formulario de solicitud), con el correspondiente formulario asociado, donde se hará constar los datos concretos de cada actividad, según los modelos disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Barcelona (http://seuelectronica.diba.cat).

4. Si se ha optado por realizar la actividad conjuntamente con otros entes locales, es necesario acreditar el carácter supramunicipal de la solicitud, marcando la casilla correspondiente en el formulario, especificando el ámbito territorial o la relación de los diferentes entes locales participantes.

5. El STP comprueba el cumplimiento de los requisitos y la existencia de disponibilidad presupuestaria.

6. El STP comunica al ente local, a través del PMT, la tramitación de la correspondiente solicitud, o el requerimiento de subsanación si es necesario.

7. El ente local ejecuta la actuación de acuerdo con los contenidos, características y requerimientos de difusión y publicidad de la subvención de la Diputación de Barcelona, expuestos en la Recopilación y en las fichas descriptivas, que se pueden encontrar clicando en el siguiente enlace: http://www.diba.cat/web/economieslocals/recull-d-activitats-empresarials.

8. El STP tramita y notifica al ente local la resolución de la concesión de la subvención, por un importe máximo del 75% del coste total de la actividad determinada en la Recopilación, del 90% en caso de que la actividad sea supramunicipal, o bien del 100% si el ente tiene una población de hasta 1.000 habitantes.

9. La ayuda se acepta tácitamente por el ente destinatario si en el plazo de un mes, contado a partir de la recepción de la notificación, este no manifiesta expresamente la renuncia. La aceptación comporta la conformidad con todos los términos de la concesión y condiciones de su ejecución.

10. En caso de aceptación tácita y ejecución anual, como es el caso del Recopilatorio de actividades de apoyo al tejido empresarial, el STP realizará un pago adelantado del 100 % de la subvención aprobada.

Justificación y pago

1. Dentro del plazo máximo de los dos meses siguientes a la fecha de finalización de cada actividad subvencionada, el ente local presenta a través del PMT la documentación justificativa de su realización, mediante el trámite C400 (justificación de gastos) con el correspondiente formulario asociado, que contiene los datos técnicos de la actividad a justificar, según los modelos disponibles en la sede electrónica (http://seuelectronica.diba.cat) y en la página web. En la medida de lo posible, se recomienda utilizar el modelo simplificado de justificación para gastos iguales o inferiores a los 3.000,00 €. En caso de que la fecha de finalización de la realización de la actividad sea anterior a la fecha de notificación del otorgamiento de la subvención, el período de justificación es de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación electrónica.

2. El número mínimo de participantes es requisito necesario, que deberá ser debidamente acreditado y que, en caso de no lograrse, supondrá la revocación de la subvención otorgada. Por lo que respecta al número máximo de participantes en las sesiones de acompañamiento para personas emprendedoras (Bloque 1) y en los talleres de consolidación y crecimiento de empresas (Bloque 2), es aconsejable que no sobrepase el máximo recomendado.

3. El STP revisa la documentación recibida y solicita al ente beneficiario, en su caso, la documentación, información o enmiendas que considere oportunas. Una vez informada favorablemente la justificación, se tramita el correspondiente pago de la subvención.

4. En el momento del cierre de la actividad, una vez finalizado el procedimiento con el pago de la subvención, se genera el envío al ente local de una encuesta de satisfacción en relación con el servicio prestado. La valoración por parte de los entes locales permite recabar información para la mejora del diseño del procedimiento y de su gestión.

5. En caso de que el pago adelantado no esté debidamente justificado, la Diputación iniciará los trámites correspondientes para el reintegro de la deuda, ya sea por motivos de reducción, renuncia o revocación de la ayuda otorgada.

Otros aspectos a considerar

1. El ente local beneficiario de la subvención está obligado a difundir que la actividad ha sido subvencionada por la Diputación de Barcelona.

2. El ente local beneficiario de la subvención está obligado a comunicar formalmente al STP cualquier alteración en las fechas de realización de la actividad, así como en caso de desistimiento o renuncia, en su caso, a través del PMT.

3. El ente local debe velar para que en toda la documentación que se utilice y se entregue a los participantes aparezca el logotipo de la Diputación de Barcelona.

4. En las fichas de actividad existen las especificaciones relativas a la descripción, los contenidos y objetivos de la misma, la duración, el perfil de las personas participantes, el equipamiento necesario para su desarrollo, así como el coste de la actividad y los datos de la consultora que la llevará a cabo.

5. Sin embargo, el STP se reserva el derecho a decidir la continuidad de una actividad en la Recopilación, atendiendo a la demanda de las actividades y de acuerdo con las valoraciones realizadas por los entes locales beneficiarios.

El Recopilatorio está disponible en formato electrónico en la página web http://www.diba.cat/web/economieslocals/recull-d-activitats-empresarials. Para cualquier aclaración puede contactar a través del correo electrónico a la dirección stp.recull@diba.cat o al teléfono 661 076 466.

Modelos adicionales

A continuación os proponemos 3 modelos adicionales para facilitaros la recogida de datos y evaluación de participantes y expertos.

En el caso de la Ficha de participante, la responsabilidad final del tratamiento de datos personales recae en el ente local. Este, junto con su referente de Protección de Datos, tendrá que asegurar la idoneidad del texto propuesto.

A rellenar por la persona participante,

  • Ficha participante que incluye información básica sobre su perfil y que el ente local tendrá que facilitar a las entidades o empresas consultoras, previamente a la ejecución de las actividades. La responsabilidad final del tratamiento de datos personales es del ente local. A continuación se facilita una propuesta de modelo que no es de aplicación obligatoria, cada ente local tendrá que adaptarlo a su caso: Modelo Ficha de participante
  • Cuestionario de evaluación de la actividad. A continuación se facilita una propuesta de modelo que no es de aplicación obligatoria, cada ente local puede utilizar su propio modelo: Modelo Cuestionario de evaluación de la actividad

A rellenar por la persona experta de la empresa consultora,

Las condiciones de participación aprobadas a finales del 2020 se pueden consultar en este enlace. También recomendamos leer la Presentación del Recopilatorio edición 2023 el documento de Preguntas y respuestas.

Seguidamente, se pueden descargar los modelos de fichas a presentar (estos formularios interactivos están creados para la versión Adobe Acrobat Reader MIÉRC). Los archivos se tienen que descargar, guardar en el ordenador y abrir con el software pertinente (clicando con el botón derecho “Abre con” y seleccionando “Adobe Acrobat #DC”):

 

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