26/07/2024 10:34 h.

Publicado el nuevo reglamento que regula el arbitraje de consumo

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Junta Arbitral de Consumo Local

Junta Arbitral de Consumo Local

El Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, aprueba el Reglamento que regula el sistema arbitral de consumo y deroga el RD 231/2008, de 15 de febrero, a fin de adaptarlo a la normativa actual.

El Reglamento tiene por objeto la regulación de los procedimientos del Sistema Arbitral de Consumo para resolver controversias de manera extrajudicial, con carácter vinculante y ejecutivo, tanto de conflictos nacionales como transfronterizos.

Solo pueden ser sometidos a arbitraje de consumo las controversias que surjan entre consumidores y empresarios en las materias de libre disposición de las partes. No podrán ser objeto de arbitraje los siguientes temas:

  1. Cuando versen sobre intoxicación, lesión, muerte o aquellos en que haya indicios racionales de delito, incluida la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivada de estos, de acuerdo con lo que prevé el artículo 57.1 TRLGDCU y otras normas.
  2. Cuando se refieran a servicios públicos dinterès general, no económicos o prestacionales, facilidados por las administraciones públicas.

El Reglamento se estructura en cuatro capítulos, con 45 artículos en total:

  • Capítulo I. Contempla disposiciones generales, objeto, organización, ámbito daplicació, etc.
  • Capítulo II. Establece varias regulaciones sobre las Juntas Arbitrales de Consumo, sobre los órganos arbitrales, sobre la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo y el Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.
  • Capítulo III. Se refiere al convenio arbitral, las ofertas de adhesión y las resoluciones sobre esto.
  • Capítulo IV. Regula el procedimiento arbitral y las actuaciones administrativas previas.

Texto completo (#BOE 178, miércoles 24 de julio de 2024)