Normativa 

Estatutos del Consorcio del Parque de la Serralada de Marina

El Consorcio del Parque de la Serralada de Marina es un ente consorcial público de carácter local y naturaleza asociativa e institucional, que tiene por objeto la ordenación, el desarrollo y la gestión del Parque mediante las formas de gestión establecidas por la legislación de régimen local y la uso y el fomento de los instrumentos decooperación interinstitucional para estudiar y buscar soluciones globales a los problemas del Espacio Natural que le da nombre, y constituir un foro consultivo y asesor de debate y participación en el marco de este objeto.

El Plan Especial de Protección y Mejora del Sector Sur de la Cordillera de Marina

El Plan especial se formula al amparo de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, y de la Ley 12/85 de Espacios Naturales (de 13 de junio) por cuanto hace a su naturaleza de instrumento urbanístico de protección, conservación y gestión de un espacio natural. También se fundamenta en aquello que disponen las Normas Urbanísticas del Plan General Metropolitano respecto a los suelos calificados como Parque Forestal que se incluyen en su ámbito.
El objetivo del Plan especial se enmarca en la labor de protección de un espacio natural de singular y especial valor paisajístico y ambiental, según se prevé tanto en la normativa urbanística como en la sectorial en materia ambiental. Respecto a la mayoría de los suelos considerados como sistemas generales o clasificados como urbanos o urbanizables, el Plan especial se limita a fichar consideraciones e indicaciones paisajísticas que los regulan desde su entrada en vigor. A partir de ahí se vuelven de aplicación obligatoria, y, en todo caso, deben recogerse en los instrumentos de planeamiento que desarrollan y ejecutan las previsiones del Plan General Metropolitano en cada una de las calificaciones.
El Plan especial contiene un conjunto de propuestas a modo de avance de plan que deben servir como base de una futura modificación puntual del Plan General Metropolitano, y que tienen como finalidad conseguir una mayor coherencia de las previsiones del propio plan, al pretender unificar al máximo las calificaciones existentes en el ámbito, de manera que las previsiones jurídicas se adecuen a la realidad.
La preservación y mejora del patrimonio natural y cultural se fundamenta a partir de actuaciones en materia de: vigilancia y gestión del planeamiento, prevención de incendios forestales, conservación de los hábitats y reforestación de los terrenos degradados.
El Plan especial también quiere ser un soporte para las actividades económicas compatibles, razón por la que ordena los usos agrarios, de ocio y urbanísticos. La creación de infraestructuras y servicios generales y el mantenimiento de las redes viarias es una actividad clave para garantizar la buena gestión del espacio natural. Finalmente, se fomenta el conocimiento de la montaña y de la educación ambiental. El seguimiento de los parámetros biológicos y la implicación de la población local en actividades participativas favorece una perspectiva más global sobre la evolución de este instrumento de planeamiento.
El Plan Especial de Protección y Mejora del Sector Sur de la Cordillera de Marina fue aprobado en el Pleno de 16 de abril de 2002, y su aprobación fue publicada en el DOGC núm. 3.642 de 24 de mayo de 2002.