Canal de acceso al Sistema interno de información

  1. ¿Qué es el Canal interno de comunicaciones?

Es el instrumento preferente para informar o alertar de forma segura, confidencial, y anónima si así se desea, de posibles infracciones normativas graves o muy graves y casos de fraude cometidos en el Consorcio del Parque de la Serralada Litoral: https://diba.bustiaetica.seu-e.cat/#/submission?context=6727d54c-dbf0-4fe9-896d-f3a97629fc69

 

No se configura como el canal para plantear dilemas o dudas de naturaleza ética y tampoco es el canal para plantear consultas, quejas y sugerencias genéricas. En estos casos, se puede hacer llegar una Instancia General desde la Sede electrónica del Consorcio a través del siguiente enlace: https://consorciparcdelaserraladalitoral.eadministracio.cat/info.0

  1. ¿Quién puede utilizar este canal?

Cualquier persona que haya obtenido información sobre la comisión de una posible actuación irregular en un contexto laboral o profesional con el Consorcio del Parque de la Serralada Litoral.

Es decir, personas con vínculos profesionales, laborales o contractuales vigentes o finalizados con el Consorcio del Parque de la Serralada Litoral, voluntarios, trabajadores en prácticas o períodos de formación, personas que participan en procesos de selección, personas que prestan asistencia a informantes o relacionadas con estos y que pueden sufrir represalias, entre otros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

  1. ¿Cuál es su funcionamiento?

Podéis presentar las informaciones de forma anónima. Se presenten de forma anónima o no, el Consorcio del Parque de la Serralada Litoral garantiza la confidencialidad de la identidad de la persona informante, de los terceros mencionados y de la información comunicada durante todo el procedimiento. Asimismo, se garantiza el traslado a la autoridad competente de las actuaciones e informaciones recabadas en caso de que de su análisis pueda derivarse la posible comisión de un delito.

A menos que hayáis renunciado expresamente, recibiréis respuesta sobre la admisión o inadmisión a trámite en un plazo máximo de 15 días hábiles contadores a partir de la fecha de entrada de la información en el canal.

Una vez presentada la denuncia, obtendréis un código alfanumérico de acceso, que os permitirá consultar el estado de tramitación o aportar más información sobre vuestra comunicación.

 

  1. Buzón de denuncias de la Oficina Antifraude de Cataluña

La Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) asume las funciones atribuidas a la Autoridad Independiente de Protección del Informante en Cataluña, incluidas las potestades sancionadoras y de ejecución de las resoluciones sancionadoras.

La OAC dispone de un canal externo telemático que permite presentar denuncias de forma confidencial y anónima. Podéis acceder al canal y obtener más información a través del enlace siguiente: https://www.antifrau.cat/es/investigacion/denuncia.html